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Volvió el 2x1: un juez lo aplicó para beneficiar a dos represores de la dictadura

La medida beneficia a genocidas que habían sido condenados a 25 años prisión y prisión perpetua.

Volvió el 2x1: un juez lo aplicó para beneficiar a dos represores de la dictadura
Volvió el 2x1: un juez lo aplicó para beneficiar a dos represores de la dictadura

La Justicia de la ciudad de La Plata benefició a los genocidas Ramón Fernández y Abel Dupuy, condenados en 2010 a 25 años de prisión el primero y a prisión perpetua el segundo.

El magistrado Alejandro Daniel Esmoris basó su decisión en el fallo firmado por la Corte Suprema a través de Highton de Nolasco, Rosenkrantz y Rosatti en el caso Muiña.

Al respecto, la Unidad Fiscal Federal en materia de Derechos Humanos de La Plata, a cargo de Rodolfo Marcelo Molina y Hernán Schapiro, se había opuesto a la solicitud de la defensa pero el Juez falló a favor de los represores.

Fernández y Dupuy fueron condenados en 2010 por su participación en delitos y homicidios cometidos en la Unidad Penal 9 de La Plata durante la última dictadura.

"Más allá de las interpretaciones que, acerca de la aplicación del artículo 7 de la ley 24.390 en su redacción originaria se han formulado, entiendo de toda justicia y por tal, ajustado a derecho, que la efectividad de dicha norma no puede supeditarse a ninguna condición, verbigracia, que el condenado haya sufrido encierro durante su vigencia", señaló Esmoris en referencia a la norma derogada, que contaba doble los días en prisión preventiva a partir de los dos años.

Según el magistrado, "corresponde que se aplique" en este caso la "regla del 2x1 y como consecuencia de ello, realizar un nuevo cómputo de detención". Para ello citó cinco apartados del fallo "Bignone, Reynaldo, Benito Antonio y otro s/ recurso extraordinario" de la Corte (considerandos 11, 14, 15, 16 y 17 de los votos de Carlos Rosenkratz y Elena Highton de Nolasco, que constituyeron mayoría con Horacio Rosatti).

Por su parte, los fiscales Molina y Schapiro dictaminaron que la solicitud de otorgamiento de la libertad condicional debía ser rechazada, ya que consideraron no aplicables los artículos 7, 8 y 9 de la ley 24.390 que contemplaban el 2x1.

La semana pasada, la organización humanitaria Abuelas de Plaza de Mayo había repudiado la decisión del TOF1 de La Plata de otorgar por mayoría -con el voto de Esmoris y su colega Germán Castelli- el beneficio de la detención domiciliaria al represor y apropiador Carlos del Señor Hidalgo Garzón, en una causa por delitos de lesa humanidad cometidos en el centro clandestino de detención Brigada de San Justo.



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