POLÍTICA | ANSES | Argentina | Corte Suprema | datos personales | estado | habeas data | justicia | ley de datos | privacidad

Fallo histórico: la Corte prohíbe al Estado usar tus datos sin consentimiento

El máximo tribunal fijó nuevos límites sobre el manejo de información personal por parte de organismos públicos. Se anularon artículos de la ley de protección de datos. La decisión surge tras una presentación judicial y cuestiona prácticas de intercambio de datos dentro del sector estatal.

Las claves

  • La Corte declaró inconstitucional el uso de datos sin autorización
  • Se anularon artículos de la ley de protección de datos
  • El fallo surge por una acción de habeas data
  • Apunta al intercambio de información entre organismos públicos
  • Señala afectación a derechos de privacidad
  • Incluye votos en disidencia dentro del tribunal

La Corte fija límites al uso de datos personales

La Corte Suprema resolvió que el Estado no puede utilizar datos personales de ciudadanos sin su consentimiento y declaró inconstitucionales artículos de la ley de Protección de Datos Personales.

El tribunal consideró que estas prácticas vulneran derechos vinculados a la privacidad y a la autodeterminación informativa.

Fuerte mensaje de la CGT contra el Gobierno: “Se pone en riesgo la paz social”

Un caso que llegó por vía judicial

La decisión se originó en una acción de habeas data presentada por una jubilada contra el Estado Nacional. La demanda cuestionó el uso de su información personal en el marco de acuerdos entre organismos públicos.

El caso involucró la cesión de datos desde la ANSES hacia la Secretaría de Comunicación Pública para la difusión de contenidos oficiales.

Inflación imparable, sueldos pisados: 7 de cada 10 empresarios argumentan que “no hay plata”

Fundamentos del fallo

La sentencia, firmada por Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Daniel Bejas, sostuvo que no existe un interés legítimo que habilite el uso de datos sin conocimiento de sus titulares.

Además, remarcó que las excepciones previstas en la normativa resultaban “excesivas e injustificadas” y afectaban garantías constitucionales.

Según el tribunal, la amplitud de la ley permitía evitar la exigencia de consentimiento, lo que debilitaba la protección de la información personal.

"Nuestra consigna es entregar el país al privado con un esquema que sea irreversible"

Qué cambia con la decisión

La Corte invalidó artículos de la ley 25.326 que permitían el intercambio de datos entre organismos estatales sin autorización previa.

De este modo, se establecen límites concretos sobre el uso y circulación de información dentro del ámbito público.

Disidencias en la votación

El fallo incluyó posiciones divergentes. El ministro Carlos Rosenkrantz y la conjueza Beatriz Aranguren votaron en disidencia.

Ambos plantearon rechazar el recurso del Estado y mantener la sentencia anterior sin expedirse sobre la constitucionalidad de la norma.



Dejá tu comentario